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Obligación

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¿ Qué tipo de señales de seguridad les ofrecemos en esta sección ?

Las señales de obligación que ofrecemos en esta sección pertenecen a las señales de seguridad para riesgos laborales y se utilizan en centros de trabajo.

Esta clase de señalización nos impone unas normas u obligaciones que debemos de cumplir si permanecemos en ese entorno de trabajo y con el objetivo de evitar accidentes laborales.

Todas las señales de obligación disponibles en este catálogo tienen unos pictogramas y textos normalizados. Con fondo azul y texto blanco

Disponemos de señales de seguridad de varios tamaños y materiales como pueden ser adhesivo o plástico poliestireno.

Las señales fabricadas en poliestireno son más robustas y duraderas que las que se venden en PVC Glasspack que es un material flexible y fino.

Ofrecemos también la posibilidad de personalizar las señales con un logo corporativo.

 

¿ Cómo y dónde instalar una señal de seguridad ?

1.º Las señales se instalarán preferentemente a una altura y en una posición apropiadas en relación al ángulo visual.

Hay que tener en cuenta los posibles obstáculos, en la proximidad inmediata del riesgo u objeto que deba señalizarse o, cuando se trate de un riesgo general,
en el acceso a la zona de riesgo.

2.º El lugar de emplazamiento de la señal deberá estar bien iluminado, ser accesible y fácilmente visible.

Si la iluminación general es insuficiente, se empleará una iluminación adicional o se utilizarán colores fosforescentes o materiales fluorescentes.

3.º A fin de evitar la disminución de la eficacia de la señalización no se utilizarán demasiadas señales próximas entre sí.

4.º Las señales deberán retirarse cuando deje de existir la situación que las justificaba.

 

Para la instalación de las señales de pvc se puede usar una cinta adhesiva a doble cara, pegatinas adhesivas a doble cara, fijación con silicona o usar tornillería.

 

Normativa sobre las señales de seguridad

El RD 485/1997, de señalización de seguridad y salud en el trabajo, obliga al empresario a utilizar toda la señalización de seguridad que, de acuerdo con los resultados de la evaluación de riesgos, sea necesaria y útil para controlar los riesgos. En ningún caso la señalización puede sustituir la adopción de medidas técnicas de protección colectiva, ni tampoco a la información y formación de los trabajadores sobre los riesgos.

Las señales que les ofrecemos están fabricadas según RD 485 y 486/1997 y bajo criterios Norma UNE 81501 y UNE 1115 y las que corresponden, han sido adaptadas a la nueva normativa europea EN ISO 7010

¿EN QUÉ PODEMOS AYUDARTE?

Nuestro equipo le responderá en un plazo máximo de 24h, en horario de atención al cliente.

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